Las descripciones, datos y contenido de nuestros catálogos tienen carácter exclusivamente informativos y Microwave and Coaxial Components, S.L.U. (MCC), se reserva el derecho a modificarlos sin previo aviso.
Se considerarán firmes, todos los pedidos que no hayan sido modificados o rechazados por escrito por MCC en el plazo de diez días.
Los pedidos considerados firmes, no podrán ser anulados sin el expreso acuerdo mutuo por escrito. Los pedidos de fabricación especial no podrán ser anulados en ningún caso. En estos casos, MCC se reserva el derecho de cobrar cantidades a cuenta de su importe, a la aceptación de pedido.
Los plazos de entrega aceptados son siempre aproximados y en consecuencia su incumplimiento no podrá ser causa de penalidad.
Los suministros de materiales se harán conforme a las cantidades expresadas en el pedido con las tolerancias propias, según dichas cantidades y tipos de materiales, la tolerancia de suministro para productos de fabricación cable es de 5% por bobina y para pedidos inferiores a 300 m. la tolerancia es del 10%.
Los suministros se efectuarán en las unidades o metrajes y embalajes en que se dispongan en existencia o sean normales en la fabricación.
Los portes serán pagados para pedidos superiores a 500 euros (Impuestos no incluidos) y solamente dentro de la península. Pedidos por importes inferiores y/o destinos insulares, serán debidos o cargados en factura.
Para las expediciones gestionadas a través de la compañía que designe el CLIENTE, la cobertura de los riesgos inherentes al transporte serán siempre responsabilidad del CLIENTE y en todos los casos a su riesgo. Todas las reclamaciones por retrasos, deterioros, extravíos o hurtos deberán ser reclamadas a la agencia de transporte, única responsable.
Para las expediciones que gestione MCC a través de la agencia de transporte que en cada momento tenga contratada, la cobertura de los riesgos inherentes al transporte será la estándar que aplique en cada caso, derivada del contrato de prestación de servicio firmado entre la agencia de transporte y MCC.
Los embalajes (cuando proceda) serán cargados como concepto específico en factura y en su caso serán abonados a su devolución a portes pagados a nuestros almacenes, en perfecto estado de utilización, según los porcentajes y en los plazos que determina la tabla correspondiente de cargos y abonos por este concepto. Sólo se abonarán embalajes facturados por MCC.
El poseedor final será responsable del residuo de los envases industriales para dar cumplimiento al Artículo 18.1 del Real Decreto 782/1998, del 30 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
Pasados diez días desde la recepción de los materiales, no se atenderá reclamación, ni devolución alguna. Cualquier reclamación o devolución habrá de ser previamente comunicada por escrito y aceptada por el departamento de calidad de MCC. Si la reclamación está justificada, la reposición del material se hará en un plazo razonable.
MCC no es responsable de los daños ocasionados por mal almacenamiento o manipulación de los materiales. En ningún caso incurrirá en responsabilidad derivada de la instalación de materiales defectuosos.
En caso de fuerza mayor declinamos toda responsabilidad en los suministros pendientes anteriormente concertados.
MCC se reserva el derecho de propiedad sobre los materiales suministrados hasta que se haya producido su pago total, incluyendo los costes que pudieran generarse por incumplimiento.
En el caso de utilización de los materiales en fabricación, instalados o reventa, MCC se considerará solidario en la propiedad o derecho ante terceros en la parte proporcional de los materiales utilizados.
Solamente nuestras CONDICIONES GENERALES DE VENTA son válidas para los suministros, con exclusión de cualesquiera otras. Otras condiciones serán válidas con la confirmación expresa y por escrito por persona representante de MCC con poder al efecto.
Todos los materiales suministrados serán conformes con las características de los catálogos o fichas técnicas correspondientes.
Todo material suministrado será facturado independiente de que haya sido o no cumplimentado la totalidad del pedido. No se aceptará en ningún caso el compromiso de una sola facturación por el pedido total suministrado.
Las condiciones de pago serán las establecidas en la confirmación del pedido y en la factura. Los plazos de pago no podrán exceder en ningún caso de los indicados en la Ley de Morosidad 15/2010 de 5 de Julio 2010. Todas las demoras del pago a su vencimiento llevarán un cargo en concepto de intereses de demora del 8% anual y de otros gastos bancarios si se hubieran producido.
Ambas partes se someter a la única jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid con la expresa renuncia de sus fueros.